I. Generalidades

 

I. Generalidades

1.1 Definición del Derecho Mercantil
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.
1.2 Origen del Derecho Mercantil
1.2.1 El Comercio en la Antigüedad.
1.2.1 El Derecho Mercantil durante la Edad Media.
1.2.2 Edad Moderna.
1.2.3 Historia del Derecho Mercantil en México.
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.
1.3 Características del Derecho Mercantil.
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.
1.4 Los Actos de Comercio.
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.
1.5 El Art.75 del Código de Comercio
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.
1.6 Leyes Complementarias.
Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.



Definición del Derecho Mercantil

Dice Mantilla (2001) que el Derecho Mercantil es un sistema de normas jurídicas dedicadas a regir los actos del comercio, así como la profesión de los individuos consagrados a su celebración.

Quevedo (2004) da dos definiciones desde el plano económico y jurídico, el autor dice que económicamente. “Consiste en esencia de una actividad de mediación o interposición entre productores y consumidores con el propósito de lucro”.

Y jurídicamente es  “El conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión”. 

De esta forma se observa que existe una relación entre estos dos planos, económicamente es una  actividad que se encarga de la creación de la mercancía en donde intervienen productores y consumidores,  por otra parte jurídicamente es más amplia la definición debido a que intervienen no sólo la producción de las mercancías, sino la parte comercial y de servicios.  

 En sus inicios el Derecho Mercantil y el Civil estaban unidos en una sólo rama del Derecho, la privada. Porque había menos humanos, y los grupos sociales eran minoritarios, así que si una persona realizaba actos personales o comerciales respondía con su honor.  Así fue por bastante tiempo, pero las necesidades de los grupos hizo que se separarán ambas ramas. Tomando su especialidad cada una.  De tal suerte que,  el Derecho Civil regula las relaciones jurídicas privadas de forma general y el Derecho Mercantil reglamenta los Actos de Comercio.

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.

·         Investigar dos definiciones del Derecho Mercantil y discutirlo en grupo
·         De forma grupal realizar comparativos entre autores y llegar a una definición.


A continuación se planteará el origen del Derecho Mercantil en tres periodos, durante la Edad Antigua, Edad Media y Edad Moderna. Por último se explicara como fue el nacimiento del Derecho Mercantil  en México iniciando con los orígenes del comercio hasta la promulgación de los primeros códigos comerciales.

1.2.1 El Comercio en la Antigüedad.


Los primeros registros del Derecho Mercantil se sitúan durante la Edad Antigua, en esta etapa histórica las culturas practicaban el trueque, sistema que les  permitía conseguir e intercambiar productos para cubrir sus necesidades primordiales.

El progreso del Derecho Mercantil primero comenzó con los Babilonios veinte siglos antes de Cristo, ellos diseñaron un sistema de leyes que tenía por nombre “Código de Hammurabi, este Código les permitía reglamentar Instituciones Comerciales, por ejemplo el Préstamo por Interés, el Contrato de Sociedad, el Deposito de Mercancías y el contrato de Comisión.


Posteriormente dice Torres (2010), que los romanos participaron en el desarrollo de unas cuantas normas  que funcionaban en apoyo al control de ciertas situaciones comerciales. Una de ellas era la  “Echazón por avería” regulada en la “Lex Rhodia de Iactu” (Ley Romana de la Edad Antigua)  esta consistía en repartir proporcionalmente el valor de las mercancías echadas al mar, entre todos los interesados de aquella  embarcación que sufriera daños durante el viaje. 

Otra más era el “Préstamo a la gruesa” el cual se basaba en realizar un contrato entre dos partes, donde una de ellas estaba obligada a entregar cierta cantidad de dinero a otra, de esta manera la última se comprometía a regresar la cantidad prestada más un interés en caso que la embarcación regresara con éxito, de lo contrario la deuda y el contrato se disolvía.

Por otra parte Cervantes (2002) menciona otras dos leyes en protección a los comerciantes, siendo una de ellas la “Actio Institoria”, en ella se reprendían las acciones que los administradores cometían en nombre del propietario de un negocio y por ultimo la “Actio excersitoria”  funcionaba de la misma manera que la primera, pero en relación al comercio marítimo, es decir sancionaba las acciones que pudiera haber cometido el capitán de una embarcación en nombre del propietario del barco.

Como se puede apreciar las leyes romanas le cobraron tanta importancia al comercio marítimo que creyeron necesario el desarrollo de este tipo de leyes, sin embargo dejaron de lado el comercio terrestre. 

Primeramente se debe entender que la extensión del periodo de la Edad Media es bastante complejo en el se sitúan cambios económicos, políticos y sociales a lo largo del mundo, es por ello que se divide en dos partes: La Alta Edad Media que comprende de los siglos V a X y la Baja Edad Media de los siglos XI al XV.
Sánchez (2009) sustenta que el nacimiento del Derecho Mercantil se ubica en la Baja Edad Media en la península Italiana. Durante esta etapa las civilizaciones contaban con un sistema comercial más complejo, la llegada de la moneda como agente de cambio, la distribución de productos y la trasportación fueron indicadores que dieron paso a la creación del Derecho Mercantil, por primera vez se separaba del Derecho Civil del Mercantil, para enfrentar las problemáticas entre comerciantes sea marítimo, terrestres, a mayoreo o menudeo, productores y prestadores de créditos de manera más específica.   De tal suerte que, el trueque fue superado por la actividad comercial, ya que no sólo se satisfacían las necesidades básicas, sino que la actividad se enriqueció al comerciar productos que permitieran tener una ganancia, un lucro.  Algunos factores que influyeron en su nacimiento fueron la compraventa, el crédito y la movilización de mercancías de forma masiva hacia otros territorios, esto dio paso al engrandecimiento de la clase alta y a toda la elite que conformaban la burguesía, para estas fechas los ciudadanos dejaron de ser solo siervos y tenían el derecho de realizar una profesión, de esta manera se vio la necesidad de proteger a los gremios, corporaciones y sus habitantes.

1.2.2 Edad Moderna.


Esta etapa de la historia fue crucial para la formalización del Derecho Mercantil, factores como los descubrimientos geográficos del siglo XVI, la expansión territorial y nuevos puntos de mercadeo dieron paso al control y desarrollo. También la industrialización y el nuevo sistema económico, el Capitalismo.

Según la cronología histórica de Mantilla (2001) las primeras leyes constituidas en relación al Derecho Mercantil son las Ordenanzas de Colbert, que  se separaban en las del comercio terrestre promulgadas en el año 1673 y las marítimas en el año 1681 por Luis XVI de Francia llamado también  Rey Sol, su importancia fue motivo de ejemplo en la redacción de los códigos mercantiles de países como España e Italia, también influyeron en el control del comercio de las  tierras del nuevo mundo.

Más adelante  se desarrolló El Código de Comercio Francés creado por Napoleón y entrado  en vigor en el año 1808, esté; especifica que cualquier persona que ejerza la actividad de comercio se le reconocerá en calidad de comerciante, sin tener que  pertenecer al gremio mercantil o estar inscrito a un grupo consolidado, cabe mencionar que también fue de importancia en el avance de los demás códigos mercantiles, alrededor del mundo.

El código Germánico entrado en vigor en el año 1900 no es menos importante, aun a pesar de haber sido criticado por ser anticuado y haber caído en un retroceso, es justificado por  personas autorizadas como Thaller en Francia y Vidari y Mossa en Italia, ellos dijeron que el trabajo de los Germanos era interesante por hacer énfasis en el ejercicio profesional de los comerciantes.
De acuerdo con Calavia (2002) las tendencias actuales del Derecho Mercantil sugieren una expansión hacia la aplicación jurídica al campo privado de la actividad empresarial. Hoy en día el crecimiento del desarrollo de empresas dedicadas al comercio internacional ha dado paso a crear normas que regulen estas actividades de modo que algunos autores y conocedores de la materia han sugerido crear una nueva Lex Mercatoria.


Cervantes (2002) habla en su libro Derecho Mercantil, sobre un México empapado en el comercio, durante tiempos antiquísimos los pueblos mexicanos hacían práctica  del comercio, era tan elemental en el sistema organizacional, que tenían su propio Dios protector de los comerciantes, por ejemplo los Mayas rendían culto al Dios Ek Chuah y los Aztecas a Yacatecutli.

 La influencia de los comerciantes llamados Potchecas  se extendía hasta la política y economía, estos mismos formaban parte de un tribunal que era encabezado por un jefe, esta persona era responsable de practicar litigio entre los comerciantes.

Tras la conquista, el nuevo orden comercial se dispuso en manos del Reino Español, las Ordenanzas de Burgos y Sevilla en su inicio rigieron a las actividades comerciales dentro de la Nueva España. Tras el paso del tiempo el Consulado de la Universidad de Mercaderes, expide sus propias Ordenanzas y son aprobadas por Felipe II en 1604,

Dicho consulado tenía como función proteger y fomentar el comercio, administrativamente ejercía como proveedor de construcciones publicas entre carreteras y canales. El presupuesto para realizar todas esas actividades provenía del impuesto Avería, este consistía en gravar todas las mercancías introducidas a la Nueva España.

Años después el Rey Carlos II en 1680 proclama como únicas y efectivas las Ordenanzas de Burgos y Sevilla, pero al ser obsoletas a comparación de las Ordenanzas de Bilbao estas últimas vuelven a tomar su regencia hasta los años de independencia.

Como país independiente México promulga un nuevo sistema de normas comerciales, durante el gobierno de Antonio López Santanna, se introduce el Código de Comercio de México Independiente también conocido como Código de Lares nombre atribuido a su autor, su duración fue efímera debido al cambio de gobierno y tras el paso del mismo se restituye Las Ordenanzas de Bilbao.

Naturalmente el paso del tiempo trajo consigo modificaciones dentro de la Constitución, el Derecho Civil y por su puesto en el Derecho Mercantil. Durante esta época habían algunos estados que tomaban en cuenta solo las leyes y códigos que mejor se acomodaran a sus necesidades, es por eso que en la modificación constitucional de 1883 en materia mercantil queda federalizada una sola, en 1884 se promulga por segunda vez el Código de Comercio de México Independiente sin embargo su periodo de vigencia es corta debido a las siguientes modificaciones. Ya para  el año de 1966 tras una larga mutilación y cambios en las leyes del comercio se decide dispersar la Legislación Mercantil en leyes especialistas en cada área con sus necesidades particulares.

Actualmente México vive bajo las mismas necesidades que el resto del mundo en el tema de Derecho Mercantil, las empresas tienen necesidades amplias para poder controlar las situaciones que se generen, al producir, vender y transportar  todas aquellas mercancías con las que se comercie. En México las Leyes que integran las normativas pertinentes al tema son El Código de Comercio y todas aquellas Leyes mercantiles especialistas en diferentes temas.

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.


·         Investigar los orígenes del derecho mercantil y discutirlo con el grupo.
·         Realizar una línea del tiempo en equipo.
·         Mediante escenas teatrales interpretar etapas de los orígenes del Derecho Mercantil.


A lo largo del tiempo el Derecho Mercantil ha sufrido procesos que han transformado el concepto del mismo, enriqueciéndolo de características particulares, Cervantes (2002) propone como características elementales:

La tendencia a la socialización o estatificación del comercio: La esencia primordial del comercio es lucrar, intercambiar y producir, el autor describe todos estos actos como la fuerza motriz que mueve las actividades comerciales, se menciona a la par el interés del Derecho Mercantil de proteger a la sociedad de situaciones extraordinarias, su carácter se vuelve noble aplicando leyes de ayuda a los usuarios en instituciones como seguros, bancos, casos sobre quiebra y su desarrollo de la Ley de protección al consumidor.

Fecundidad en la creación de instrumentos jurídicos: Las necesidades y problemáticas que se han suscitado en la evolución del derecho mercantil ha dado pauta al desarrollo de leyes, normas y técnicas que regulan y controlen el comercio entre individuos.

Vivacidad: El derecho mercantil no solo crea leyes y normas para un solo código aplicado a los comerciantes, su aplicación es amplia, es decir las demás áreas como desde el lado fiscal, contable, administrativo pueden hacer uso de él.

Tendencia a la unificación internacional: sin lugar a duda el comercio desde sus inicios creaba una red de intercambios internacionales, el derecho mercantil permite realizar convenios entre las naciones, así como generar códigos que entre ellos rijan según su conveniencia.

Preponderancia moderna de la empresa: La unificación entre el comerciante y la estructura legal dieron paso a la empresa, al establecerse el comerciante debe concebirse en relación a la empresa mercantil.

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.

·         Realizar una investigación sobre las principales características que definen al Derecho Mercantil.
·         Elaborar un reporte descriptivo de las características del Derecho Mercantil


Con base en los conceptos antepuestos en líneas pasadas, se puede definir como acto de comercio todos aquellos actos jurídicos que competen al derecho mercantil, a diferencia de los actos civiles que son reconocidos por el derecho civil. Según el Código de Comercio vigente en México (2014) define a los actos de comercio como todos aquellos intercambios, adquisición de bienes o derechos, así como la compra y venta de cualquier artículo, servicio o cualesquiera otras adquisiciones siempre y cuando se base en especulación comercial.

Sin embargo, Mantilla (2001) diverge con esta definición ya que señala que el acto de comercio es demasiado extenso para encasillarlo en una definición tan corta como lo estipula el Código de Comercio. A su vez, remarca contrariedades en la misma ley que dejan entre ver que más que definir el acto de comercio es el comerciante el que se debe de identificar, así como su alcance en estos actos. Por lo tanto y ante el surgimiento de nuevas formas y actos de comercio no regulados se evidencia que el contexto de acto de comercio evoluciona con forme el paso del tiempo teniendo como permanente el hecho de encontrarse dentro del acto mercantil y las normas del mismo dejando la concepción del concepto en un carácter subjetivo. (Portalés, 2002).

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.


·         Investigar el sustento en el código de comercio vigente en México y sintetizarlo.
·         Investigar definiciones de los actos de comercio de diferentes autores y discutirlo en grupo.
·         Analizar en equipos de trabajo los actos de comercio.



El Código de Comercio en México en su artículo 75 estima un listado y descripción de cuales actos son considerados actos de comercio, mismos que son regidos por las normas que los componen. Dice tal escrito “Abarca desde manera general todas las adquisiciones, enajenación y alquileres verificados con propósito comercial” (Codigo de Comercio, 2014), es decir cualquier artículo, objeto o derecho adquirido mediante el mercadeo ya sea antes o después de que se le diese un proceso para su venta.

Es de verse que Tena en su libro Derecho Mercantil no aprecia el contenido de este artículo como absoluto ya que propone no ser suficiente ni abarcar todos los actos de comercio que pudiesen merecer ser llamados así. Y es que el criterio de acto de comercio es tan amplio que “no encuentra su definición en elementos absolutos de derecho y de justicia”, sin embargo, el artículo en cuestión es el cabecilla en referencia a los actos considerados mercantiles por lo que centraremos la atención en el análisis del mismo. (Tena, 2002, p.51).

De esta lista de veinticuatro términos y descripciones de actos de comercio, Mantilla ( 2002)  los divide en dos clases: “actos absolutamente mercantiles” en los que no cabe duda de ser en esencia mercantiles que aplican en toda su esencia ser catalogados así y los actos de “mercantilidad condicionada”, que explica son aquellos actos que no son enteramente mercantiles ni civiles sino que pueden tomar uno u otro carácter según las circunstancias en que se realice, lo que dará carácter a ser considerado en el derecho civil o mercantil, de ser este último, entrara en la clasificación a la que hacemos mención.

A su vez esta última se sub-clasifica en actos principales de comercio siendo así cuando uno de sus elementos pudiendo ser el sujeto que lo realice; el fin que se persiga o el sujeto los que entren en el concepto mercantil y por último los “actos accesorios o conexos” que resultan mercantiles por su conexión con otro acto que en esencia es comercial (p.60).

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.


·         Crear un mapa mental utilizando una lluvia de ideas en la que identifiques los actos de comercio que señala el artículo 75 de la Ley citada.
·         Enlista ejemplo de los actos de comercio a los que refiere el artículo anterior y que se practican en tu entorno.

1.6        Leyes Complementarias.


La ley fundamental por la que el Derecho Mercantil se rige es el Código de Comercio, en esta recae toda la legislación, sin embargo y siguiendo la vertiente de esta investigación, el ámbito mercantil es basto y constantemente cambiante por lo que el propio código es limitante en cuanto a su jurisprudencia se refiere, por lo tanto, existen leyes que sustentan la naturaleza de los actos para que de manera complementaria se encasillen en la mercantilidad.
Por esta razón existen leyes que aunque no son enteramente pertenecientes al ramo, entran en función del mismo al relacionarse con un acto comercial, como lo indica Mantilla, hay casos que la legislación no prevé y la propia ley mercantil expresa la manera de ser abordados, siendo la de carácter principal  la ley antes mencionada, seguida por La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) que es la ley que establece todos los lineamientos para regular las operaciones con títulos de crédito (cheques, pagarés, letras de cambio, etc..) y que regula las operaciones crediticias. (Mantilla, 2001).
También se encuentra la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) que en este caso es una de las leyes que más se apega al Derecho Mercantil, ya que el objetivo de una Sociedad Mercantil es la realización de actos de comercio y el derecho mercantil se encarga de regular las acciones de comercio. Así mismo la  estructura de la Ley de Concursos Mercantiles apoya al derecho mercantil a regular la actividad comercial y el desenvolvimiento de las empresas, en este caso el concurso mercantil ,que es cuando las empresas no tienen capital suficiente para enfrentar sus deudas en situaciones de crisis.,

Actividad Sugerida para el Alumno y Docente.


·         Realiza un cuadro sinóptico en el que relaciones las leyes antes mencionadas y su alcance identificando que actividades son las que rige cada una de ellas.
·         Analizar, discutir y enriquecer las leyes complementarias diseñando un mapa mental.

·         Realizar, con ayuda del docente, una actividad en la que él ejemplifique alguna de las actividades relacionada con las leyes estudiadas y que ayude a identificar en que ley aparece.

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